Comunicado de Prensa de la Corte Constitucional No. 1 de 25 y 26 de enero de 2023.

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Las normas contenidas en los artículos 6 y 7 de la Ley 2181 de 2021, son exequibles, por el cargo estudiado, bajo el entendido de que tales disposiciones se aplican exclusivamente a las labores que desarrollan aquellas personas y empresas relacionadas con la seguridad privada y el control de riesgos en el marco de certificaciones públicas o privadas relativas a la seguridad de la cadena logística en actividades de comercio exterior y la prevención de delitos transnacionales; y otras.

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