Los contribuyentes del SIMPLE están obligados a pagar de forma bimestral un anticipo a título de este impuesto, a través de los recibos de pago electrónico del régimen SIMPLE, el cual debe incluir la información sobre los ingresos que corresponde a cada municipio o distrito.
Ante la existencia de un título ejecutivo a favor de la Administración, esta podrá, de manera previa o concomitante a la expedición del mandamiento de pago, decretar las medidas cautelares correspondientes.
El análisis del requisito relacionado con el límite de los ingresos no solo se predica al momento de la inscripción, sino también para pertenecer y/o continuar en el Régimen Simple de Tributación en la medida que se constituye una condición no subsanable.
Para celebrar contratos de derivados con entidades del exterior, deberán cumplirse los requisitos señalados en la Circular Reglamentaria Externa DOAM – 144 del Banco de la República.
Las utilidades reconocidas contablemente por el método de participación patrimonial como ingresos realizados fiscalmente están sujetos al impuesto de industria y comercio.
Se encuentran obligadas a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB, entre otras, las sociedades y entidades nacionales con o sin ánimo de lucro.
En los días sin IVA se podrán comprar los bienes, cuyo precio por unidad no supere un número específico de UVT, teniendo en cuenta que el beneficio aplica máximo para tres unidades de cada tipo de bien.
Se busca modificar la Resolución 69 de 9 de agosto de 2021 en el sentido de adecuar de la capacidad técnica, operativa y funciones administrativas de las direcciones seccionales.
El contribuyente que posea una participación en una sociedad del exterior debe determinar su valor patrimonial atendiendo lo dispuesto en los artículos 269 y 272 del Estatuto Tributario, sin adicionar las rentas pasivas sujetas a tributación por el régimen ECE.