Corte declaró inconstitucional deber de las entidades territoriales de transferir al Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta un veinte por ciento (20%) de los recursos originados por el recaudo de estampillas, el cual tenía como propósito introducir funcionalidades tecnológicas al sistema electrónico de contratación pública (SECOP). Esa imposición desconocía la autonomía de los entes territoriales para administrar sus recursos; y otras.