Se modifica la Sección 5 del Capítulo 3, Título 3, Parte 5, Libro 2, del Decreto 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación , para reglamentar la Ley 2307 de 2023 y el artículo 123 de la Ley 2294 de 2023.
Se modifica el nombre y algunos artículos de la Sección 4, Capítulo 3, Título 3, Parte 5, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación.
El colegio vulneró el derecho a la educación del estudiante porque ante la existencia de una queja por presuntos actos de racismo no dirigió sus esfuerzos a adoptar los ajustes razonables que fueran necesarios para garantizar el ejercicio efectivo de la educación por medio de espacios de tolerancia y respeto.
Por el cual se sustituye el Capítulo 2 del Título 7 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 del 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, con el fin de reglamentar el funcionamiento de los Consultorios Jurídicos de las Instituciones de Educación Superior.
Por medio del cual se modifica el artículo 2.5.1.2.2 del Decreto 1075 de 2015 «por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación».
Se establecen disposiciones especiales para resolver la situación militar de mayores de veinticuatro (24) años y los estudiantes universitarios que hayan superado los cinco (5) semestres de la carrera y se dictan otras disposiciones.
Se busca reglamentar la participación de las familias en los procesos educativos de los establecimientos educativos oficiales y no oficiales, de educación preescolar, básica y media, para promover el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.
Se crea una bonificación para los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media, que se pagan con cargo al Sistema General de Participaciones y otras fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones.
La Corte Constitucional declaró la exequibilidad del parágrafo del artículo 301 de la Ley 906 de 2004, por medio de la cual se expide el código de procedimiento penal, porque encontró que la norma acusada no desconoce el derecho a la igualdad de las personas que son capturadas en flagrancia y se allanan a los cargos; y otras.