La Corte Constitucional declaró la exequibilidad del parágrafo del artículo 301 de la Ley 906 de 2004, por medio de la cual se expide el código de procedimiento penal, porque encontró que la norma acusada no desconoce el derecho a la igualdad de las personas que son capturadas en flagrancia y se allanan a los cargos; y otras.