Para la modalidad de exportación definitiva de bienes, dado que estos salen de manera permanente del país, se permite su reimportación sin el pago de tributos aduaneros dentro del año siguiente a su exportación.
Para la modalidad de exportación definitiva de bienes, dado que estos salen de manera permanente del país, se permite su reimportación sin el pago de tributos aduaneros dentro del año siguiente a su exportación.