Teniendo en cuenta que es una obligación de la Fiduciaria la debida custodia de los soportes que justifican el reconocimiento de cada una de las operaciones efectuadas, se considera que en caso que algún Órgano de Control solicite información adicional a nivel de documentos fuente sobre las instrucciones de contabilización de costos de los proyectos inmobiliarios, la Fiduciaria deberá estar en capacidad de gestionar y obtener dicha información con el constructor y/o fideicomitente del negocio.