Tanto los dueños, como el representante legal y demás funcionarios de una sociedad de contadores, pueden ejercer en su nombre el encargo de revisor fiscal, mientras cumpla con el requisito de ser contador público.
Tanto los dueños, como el representante legal y demás funcionarios de una sociedad de contadores, pueden ejercer en su nombre el encargo de revisor fiscal, mientras cumpla con el requisito de ser contador público.