Habiéndose configurado la causal de aprehensión de que trata el numeral 7 del artículo 69 del Decreto Ley 920 de 2023, por no acreditarse la licencia previa, no es posible presentar declaración de legalización o de corrección junto con el pago de los tributos aduaneros dejados de pagar con la presentación de la declaración inicial de importación.