Oficio Superintendencia de Sociedades No. 220-273921 de 8 de noviembre de 2023.

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Si bien hace parte de los atributos de la personalidad sea natural o jurídica, la determinación de un «nombre», esto no implica que no pueda anunciarse de una forma distinta a como aparece en el registro mercantil, siempre que sea plenamente identificable el sujeto de que se trata.

 

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