El juez laboral y de seguridad social puede apartarse de la calificación del despido colectivo realizada por el Ministerio del Trabajo cuando advierta que el acto administrativo es antijurídico.
El juez laboral y de seguridad social puede apartarse de la calificación del despido colectivo realizada por el Ministerio del Trabajo cuando advierta que el acto administrativo es antijurídico.