El servicio de transporte terrestre automotor especial es una modalidad de transporte terrestre público, por lo cual está excluido del impuesto sobre las ventas, según el artículo 476 del Estatuto Tributario.
El servicio de transporte terrestre automotor especial es una modalidad de transporte terrestre público, por lo cual está excluido del impuesto sobre las ventas, según el artículo 476 del Estatuto Tributario.