Tema: Contabilidad

Certificaciones expedidas por el revisor fiscal.
Quien realice un pago o abono de un consorcio o unión temporal debe practicar retención en la fuente teniendo en cuenta la calidad de sus miembros.
El demandante es productor de bienes exentos en la medida que se dedica a la actividad económica de levante y engorde de ganado porcino para su posterior sacrifico y venta de carne en canal, y no a la venta de animales en pie.
Publicado en: Jurisprudencia
Por la cual se establece la base gravable de los vehículos automotores para la vigencia fiscal 2024.
Publicado en: Resoluciones
Las notas que hacen parte de los estados financieros de propósito general y las notas a los informes financieros y contables deben ser firmadas por parte del representante legal y el contador de la Entidad incluyendo los datos de nombres y números de identidad y, en el caso del contador, el número de tarjeta profesional.
Miércoles, 06 Diciembre 2023 00:00

Oficio DIAN No. 6200 de 22 de noviembre de 2023.

La discriminación de los impuestos IBUA E ICUI, podrá realizarse de acuerdo con el numeral 13.2.2 Tributos (código ZZ) del anexo técnico factura electrónica de venta versión 1.8 de la resolución 000012 de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2023, a partir del 1 de diciembre de 2023 la discriminación de estos impuestos se deberá realizar en los términos que contempla el anexo técnico de factura electrónica de venta versión 1.9 indicado en la Resolución 000165 de 1 de noviembre de 2023.
Se certifica el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Publicado en: Resoluciones
Los contratos de servicios autónomos no son asimilables a los contratos por servicios de construcción para efectos del artículo 200 del Estatuto Tributario.
Se busca modificar el parágrafo 5 y adicionar el parágrafo 6 del artículo 2.2.1.2.1.8 del Decreto 1068 de 2015, en lo relacionado con el otorgamiento de créditos de corto plazo.
Publicado en: Proyectos
Habiéndose configurado la causal de aprehensión de que trata el numeral 7 del artículo 69 del Decreto Ley 920 de 2023, por no acreditarse la licencia previa, no es posible presentar declaración de legalización o de corrección junto con el pago de los tributos aduaneros dejados de pagar con la presentación de la declaración inicial de importación.