Las Normas Corporativas Vinculantes solo podrán ser sometidas a la aprobación de la Superintendencia de Industria y Comercio como autoridad de datos, una vez las mismas hayan sido aprobadas por el órgano correspondiente según los estatutos de la sociedad o los acuerdos del grupo empresarial, solo estarán vigentes a partir de la fecha en que sea emitida la certificación y el grupo empresarial deberá informarlo en su página web. Si las normas no son aprobadas, los ajustes requeridos por la citada Superintendencia deberán ser aprobados por el órgano social o contractual correspondiente, antes de ser nuevamente sometidas a aprobación.