La causal legal de disolución por pérdidas que reducen el patrimonio por debajo del 50 % del capital suscrito está derogada en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Ley 2069 de 2020.
La causal legal de disolución por pérdidas que reducen el patrimonio por debajo del 50 % del capital suscrito está derogada en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Ley 2069 de 2020.