Tema: Seguridad Social

Actualización de los montos de las cuotas moderadoras y de los topes máximos de los copagos por evento y año calendario, para la vigencia 2024, conforme el incremento de la UVT.
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El derecho a recibir los medicamentos para cumplir con el tratamiento para la enfermedad del VIH debe ser garantizado, derecho de que gozaran sin ningún tipo de discriminación en razón a su identidad de género, estado de salud, o condición de migrante.
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Por el cual se fija el salario mínimo mensual legal.
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Cuando un afiliado hubiere efectuado cotizaciones por un periodo inferior al tiempo de la gestación de la madre, el reconocimiento y pago de la licencia se realizará por un valor proporcional a las semanas cotizadas.
En el escenario de convivencia simultánea del afiliado con 2 de las aspirantes a la pensión de sobrevivientes disputada es meramente hipotético, en la medida en que la impugnante no demostró que hubiese Convivido con él durante el lapso legalmente requerido.
Publicado en: Jurisprudencia
Registro anual de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST.
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No hay lugar a conceder el amparo del derecho a la estabilidad laboral reforzada, por cuanto antes de finalizar la relación laboral, el empleador no tuvo conocimiento del estado de embarazo de la accionante y por consiguiente tampoco es procedente ordenar al empleador asumir el pago de las cotizaciones a la seguridad social o el pago de la licencia de maternidad ni reintegrar a la trabajadora.
Publicado en: Jurisprudencia
El derecho a la pensión está sometido a que se cumplan los requisitos de acceso exigidos en el régimen aplicable al beneficiario, antes de las fechas de expiración establecidas en el Acto Legislativo 1 de 2005 el cual indica que no habría regímenes especiales o exceptuados, ni podían establecerse en pactos, convenciones colectivas de trabajo, laudos o acto jurídico alguno, condiciones pensionales diferentes a las previstas en las leyes del Sistema General de Pensiones.
Publicado en: Jurisprudencia
Quienes presentan un diagnóstico asociado a su capacidad mental merecen un trato diferencial que facilite el ejercicio de sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones y garantice que la sociedad acoja las adaptaciones necesarias para el efecto. No obstante, ese trato diferencial no puede traducirse en una exigencia absoluta de imponer apoyos y ajustes razonables, incluso contra la voluntad de las personas.
Publicado en: Jurisprudencia
Se modifican el artículo 2.2.14.3.3, el artículo 2.2.14.3.6 y el artículo 2.2.14.3.10 del Capítulo 3 del Título 14 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016.
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